Resolución Expediente Acta Nº
Nº 360/019 0281-02-006-2019 42/2019
 
Referencia
APERCIBIMIENTO A BAMILUX SA
 
Resolución

VISTO: la inspección realizada el 9 de abril de 2019 por técnicos de esta Unidad Reguladora a la instalación de Bamilux SA, ubicada en la calle Juan Ortiz 189, en la ciudad de Tacuarembó, Departamento de Tacuarembó;

RESULTANDO: I) que del informe del asesor técnico, surge que la citada instalación está registrada en el RAGLP Nº 1178, pertenece a la cadena de distribución de Megal S.A. y cuenta con autorización para operar como expendio, recarga de microgarrafas y depósito de recipientes portátiles con capacidad  de almacenamiento de hasta  1000 kg de GLP, desde el 30 de septiembre de 2013;

II) que del Acta de inspección Nº 98/019 relevada en dicha oportunidad, quedó establecido que se constataron recipientes de GLP fuera del depósito y en la zona de recarga se constata la presencia de garrafas y más de 4 cilindros, el depósito de envases carece de cartelería de señalización y advertencia,  incumpliendo normas del Reglamento Técnico y de Seguridad de Instalaciones y Equipos destinados al manejo de GLP;

III) que del informe del asesor jurídico, resulta que los incumplimientos surgen con claridad, pero que al tenor de lo dispuesto en las resoluciones Nº 194/014 y Nº 92/018, atento al tipo de sanción, y al no registrar Bamilux sanciones ya impuestas en esta Unidad Reguladora, corresponde la aplicación de una sanción de apercibimiento;

IV) que se confirió vista a la empresa, la cual no presentó descargos;

CONSIDERANDO: que se cumplió con el debido proceso, corresponde resolver en consecuencia;

ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto por la Ley Nº 17.598, de 13 de diciembre de 2002 y sus modificativas leyes Nº 18.719 y Nº 19.149, del Reglamento para la Prestación de Actividades de Comercialización Mayorista, Transporte, Envasado, Recarga y Distribución de GLP y el Reglamento Técnico y de Seguridad de Instalaciones y Equipo destinados al manejo de GLP, aprobados mediante la Resolución Nº 5/004, de 6 de febrero de 2004, normas modificativas y complementarias;

EL DIRECTORIO

RESUELVE:

1) Aplicar sanción de apercibimiento a Bamilux SA (RUT 21.514508.0014), por lo expuesto y lo que surge de obrados.

2) Notificar, publicar y registrar en la base de sanciones.

3) Pase a Administración Documental a sus efectos. Oportunamente, archívese.

 
 
 
Aprobado según Acta Referenciada N° 42/2019 de fecha 10/29/2019